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UNECE asfalta el camino a la conducción autónoma actualizando la Convención de Naciones Unidas sobre Circulación Vial

Hoy entrarán en vigor enmiendas a la Convención de Viena  sobre Circulación Vial de 1968, lo que representa un paso importante para la implantación de los vehículos autónomos. A partir de entonces, las tecnologías que permiten traspasar las funciones de conducción al vehículo estarán explícitamente permitidas, siempre que los dispositivos cumplan con los reglamentos sobre vehículos de la ONU o que puedan ser invalidados o desconectados por el conductor.


La conducción autónoma representa la próxima revolución en el campo de la movilidad. Teniendo en cuenta que los errores humanos son los principales causantes de los accidentes de tráfico, se espera la conducción autónoma gestionada por ordenador haga el transporte por carretera más seguro. Además, los vehículos autónomos son potencialmente más respetuosos con el medio ambiente, más eficaces y más accesibles.


Asimismo, se aproxima otro avance en la reglamentación con la introducción de  sistemas de dirección automatizada en los reglamentos de la ONU. Este supuesto se refiere a mecanismos que, en determinadas circunstancias de conducción, tomarán el control del vehículo bajo la supervisión del conductor. Alguno de estos dispositivos son: el sistema de mantenimiento de carril, que permite al coche adoptar medidas de corrección si detecta que el automóvil abandona la vía accidentalmente; el sistema de aparcamiento asistido; o el piloto automático en autopista, que permite al vehículo con sistema de conducción automática circular a velocidades altas en estas vías. 


Esto también implica la revisión del límite de uso de las funciones de conducción autónoma por debajo de 10km/h que establece el Reglamento de Naciones Unidas nº 79. En 2014 un grupo de expertos comenzó a evaluar las necesidades técnicas de las tecnologías de dirección automatizada para garantizar la seguridad en carretera. Se espera que este trabajo se termine en septiembre de 2016 para que el Foro Mundial para la Armonización de la Reglamentación sobre Vehículos de Naciones Unidas considere su adopción en 2017.



Nota para editores

Los vehículos a motor son sistemas altamente complejos que necesitan estándares técnicos y legales muy avanzados para ajustarse a las exigencias de seguridad vial. Dichas exigencias técnicas, así como las normas de tráfico internacionales, son acordadas por los Estados miembros de Naciones Unidas en el marco de las convenciones y acuerdos de la ONU sobre el transporte auspiciados por UNECE.


El Grupo de Trabajo sobre la Seguridad Vial (WP.1) es el único órgano permanente en el sistema de Naciones Unidas que trabaja para mejorar la seguridad en las carreteras. Se trata del foro donde los Estados miembros intercambian experiencias y puntos de vista sobre la seguridad vial, además de debatir las enmiendas a la reglamentación de Naciones Unidas en esta materia, por ejemplo, la modificación de la Convención de Viena sobre Circulación Vial, o sobre Señalización vial de 1968.


Lista de Partes en la Convención de Viena  sobre la circulación vial de 1968: 
http://www.unece.org/trans/maps/un-transport-agreements-and-conventions-08.html

El Foro Mundial para la Armonización de la Reglamentación sobre Vehículos (WP.29) de Naciones Unidas trabaja en funciones de conducción automáticas desde hace varios años. En noviembre de 2012 el Foro adoptó el Reglamento de la ONU nº 131, estableciendo las exigencias técnicas para que los sistemas avanzados de frenado de emergencia (AEBS, según sus siglas en inglés) equipen a camiones y autobuses. Los AEBS emplean sensores para determinar la proximidad del vehículo delantero e identifican situaciones donde la velocidad relativa y la distancia entre los vehículos  sugieren que el choque es inminente. En tales situaciones, el freno de emergencia puede activarse para evitar la colisión, o al menos para minimizar sus efectos. 

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